Cómo darse de alta como autónomo: guía paso a paso
El orden correcto: primero Hacienda, después Seguridad Social. Los cuatro pasos explicados.
Darte de alta como autónomo implica dos trámites que se hacen prácticamente a la vez: el alta censal en Hacienda y el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. El orden importa: primero Hacienda, después Seguridad Social, ya que el alta en el RETA exige acreditar previamente el alta censal correspondiente.
Esta guía recoge los 4 pasos exactos, la documentación que vas a necesitar, y los errores más habituales que cometen quienes se dan de alta por primera vez.
Los 4 pasos del alta
Alta censal en Hacienda (modelo 036 o 037)
Declaras tu actividad económica (epígrafe del IAE), el domicilio fiscal, y el régimen de IVA e IRPF que te corresponde. Se presenta de forma telemática con certificado digital, Cl@ve o en la oficina de la AEAT.
Alta en la Seguridad Social (RETA)
Debe formalizarse en un plazo desde el inicio de la actividad. Se hace a través del Sistema RED, la sede electrónica de la Seguridad Social, o presencialmente. Aquí eliges tu tramo de cotización inicial, confirmas si aplicas a la tarifa plana, y declaras tu código CNAE.
Comprueba si tienes derecho a tarifa plana
Si no has estado dado de alta como autónomo en los dos años anteriores (tres si ya disfrutaste de la tarifa plana antes), puedes acceder a una cuota reducida durante los primeros meses.
Elige tu software de facturación
Antes de emitir tu primera factura, conviene tener listo el programa con el que vas a gestionar la facturación y, de cara a 2027, su compatibilidad con Verifactu.
Qué pasa en el periodo entre el alta y tu primera factura
Es habitual que pase un tiempo entre formalizar el alta y emitir tu primera factura real, especialmente si necesitas configurar tu software, cerrar los primeros clientes o preparar tu actividad. Durante ese periodo, ya estás generando obligaciones (cuota de autónomo, obligación de declarar aunque sea a cero), aunque todavía no factures. Tenlo en cuenta al decidir la fecha exacta de tu alta: adelantarla demasiado respecto al inicio real de tu actividad supone pagar cuota de meses sin ingresos, un error de planificación habitual entre quienes se dan de alta con demasiada antelación por precaución.
Calcula antes tu cuota: usa nuestra calculadora de tarifa plana para ver cuánto pagarías durante tu primer año.
Plazos que debes conocer
El alta en el RETA admite anticiparse hasta 60 días antes de la fecha real de inicio de actividad, útil si quieres tenerlo todo listo con margen.
Documentación necesaria para el alta
| Documento | Para qué se usa |
|---|---|
| DNI/NIE | Identificación en ambos trámites |
| Certificado digital, Cl@ve o DNIe | Tramitar online sin cita presencial |
| Epígrafe de actividad (IAE) | Determina tu tipo de IVA y retenciones |
| Número de cuenta bancaria | Domiciliación de la cuota de autónomo |
Alta online vs. presencial: cuál elegir
La vía online es más rápida en la gran mayoría de casos: con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico, puedes completar tanto el alta censal como el alta en el RETA en una sola sesión, sin desplazamiento ni cita previa. La vía presencial sigue siendo útil si tu caso tiene alguna particularidad que prefieres consultar directamente con un funcionario antes de formalizar el alta.
Cómo obtener el certificado digital si no lo tienes
Si aún no dispones de certificado digital, puedes solicitarlo a través de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), un trámite que suele requerir una verificación de identidad presencial (en una oficina de registro) antes de poder descargar el certificado. Si prevés darte de alta pronto, conviene iniciar este trámite con antelación, ya que puede tardar varios días en completarse.
Qué pasa si tu actividad requiere licencia o colegiación previa
Algunas actividades exigen requisitos adicionales antes de poder darte de alta con normalidad: profesiones reguladas (abogacía, arquitectura, ciertas actividades sanitarias) requieren colegiación previa, y actividades con local abierto al público pueden necesitar licencia municipal de apertura. Confirma si tu actividad concreta tiene alguno de estos requisitos antes de iniciar el trámite de alta, ya que resolverlos después de empezar a facturar puede generar complicaciones.
Alta como autónomo societario: una variante distinta
Si vas a ejercer tu actividad a través de una sociedad en lugar de como persona física, el proceso de alta cambia: primero debe constituirse la sociedad, y solo después se formaliza tu alta en el RETA como autónomo societario, con una base de cotización mínima distinta a la del autónomo persona física. Consulta el detalle completo en nuestra guía de autónomo societario.
Cómo elegir tu base de cotización inicial
Al darte de alta, debes estimar tus rendimientos netos previstos para situarte en un tramo de cotización, aunque todavía no tengas datos reales de tu actividad. Es razonable ser prudente en esta primera estimación: si acabas facturando más de lo previsto, puedes subir de tramo en la siguiente ventana disponible; si tu estimación fue demasiado optimista, la regularización de fin de año ajustará la diferencia. Muchos autónomos que empiezan optan por partir de la tarifa plana, que resuelve esta duda inicial durante el primer año.
Errores comunes al darse de alta
- Elegir un epígrafe demasiado genérico sin revisar si describe con precisión tu actividad real.
- No comprobar el derecho a tarifa plana antes de formalizar el alta, perdiendo la oportunidad de solicitarla desde el primer mes.
- Empezar a facturar antes de completar ambos trámites, lo que puede considerarse ejercicio de actividad sin las altas correspondientes.
- No tener listo el software de facturación desde el primer día, generando desorden en las primeras semanas de actividad.
- Elegir una base de cotización sin entender el sistema de tramos, sin saber que puedes ajustarla más adelante según evolucionen tus ingresos reales.
Preguntas frecuentes
¿Puedo darme de alta y de baja el mismo mes si solo trabajo unos días?
Desde 2023 la cuota se paga por días de alta real en lugar de por mes completo, así que sí es posible sin pagar el mes entero.
¿Necesito darme de alta antes de emitir mi primera factura?
Sí. El alta censal y en el RETA deben estar formalizadas antes de iniciar la actividad económica, no después de la primera factura.
¿Puedo cambiar mi base de cotización después del alta?
Sí, puedes ajustarla hasta 6 veces al año dentro de las ventanas habilitadas, adaptándola a la evolución real de tus rendimientos netos.
¿Qué pasa si me equivoco de epígrafe al darme de alta?
Puedes corregirlo mediante una modificación censal posterior, sin necesidad de darte de baja y de alta de nuevo, aunque conviene corregirlo cuanto antes lo detectes.
¿Puedo darme de alta como autónomo mientras trabajo por cuenta ajena?
Sí, es lo que se conoce como pluriactividad: puedes compatibilizar ambas situaciones, con reglas específicas sobre cotización que conviene confirmar según tu caso concreto.
Conclusión: prepara los 4 pasos antes de empezar a facturar
El alta como autónomo es un trámite que se puede completar en un solo día si tienes la documentación lista y certificado digital, pero las decisiones que tomas en el proceso (epígrafe, base de cotización, si solicitas tarifa plana) tienen consecuencias que se prolongan meses o años. Dedicar un rato a confirmar cada uno de estos puntos antes de formalizar el alta evita tener que corregir errores después, cuando ya estás facturando con normalidad.