Tarifa plana para autónomos: requisitos y cuantía 2026
Una cuota reducida para quienes se dan de alta como autónomos por primera vez, o después de un tiempo sin estarlo.
La tarifa plana es, probablemente, el incentivo más conocido —y a veces mal entendido— para quien se da de alta como autónomo. No es una cuota fija indefinida, sino un descuento temporal y decreciente sobre la cuota estándar, con reglas concretas sobre quién puede acceder y durante cuánto tiempo. Esta guía aclara exactamente cómo funciona.
La tarifa plana funciona como un descuento escalonado, no como una cuota fija permanente.
Cuánto se paga y durante cuánto tiempo
La tarifa plana general es de 80 €/mes de cuota base (aproximadamente 88,64 €/mes con el Mecanismo de Equidad Intergeneracional incluido), durante los primeros 12 meses de actividad. Es un importe fijo, con independencia de tus rendimientos netos reales durante ese primer año: no importa si facturas mucho o poco, la cuota se mantiene igual mientras dure el periodo. Si al finalizar ese periodo tus rendimientos netos previstos siguen por debajo del Salario Mínimo Interprofesional, puedes disfrutar de otros 12 meses adicionales con la misma cuota reducida.
Para colectivos con protección reforzada —discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género o de terrorismo— la tarifa plana inicial se extiende a 24 meses, ampliable después a 36 meses adicionales a 160 €/mes si los rendimientos netos siguen siendo bajos durante ese periodo.
Evolución de la cuota durante los 3 años
La ampliación de meses 13-36 con cuota reducida solo aplica si tu rendimiento neto queda por debajo del SMI; si lo superas, pasas directamente a la cuota de tu tramo real tras el primer año.
Duración según tu colectivo
| Colectivo | Duración con cuota mínima (80€) | Ampliación posterior |
|---|---|---|
| General | 12 meses | +12 meses a 160€ si beneficio bajo el SMI |
| Discapacidad ≥33% | 24 meses | +36 meses a 160€ si beneficio bajo el SMI |
| Víctimas de violencia de género | 24 meses | +36 meses a 160€ si beneficio bajo el SMI |
| Víctimas de terrorismo | 24 meses | +36 meses a 160€ si beneficio bajo el SMI |
Requisitos
- No haber estado de alta en el RETA en los 2 años anteriores (3 años si ya disfrutaste antes de la tarifa plana).
- No ser autónomo colaborador (este colectivo tiene una bonificación distinta, del 50% durante el primer año y medio).
- Estar al corriente de pago con la Seguridad Social y con Hacienda.
Qué pasa si cambias de comunidad autónoma durante la tarifa plana
Un cambio de domicilio fiscal entre comunidades autónomas no afecta a tu derecho a la tarifa plana estatal, que es la misma en toda España y no depende de dónde tengas fijado tu domicilio. Sin embargo, si tu comunidad de origen o destino ofrece alguna bonificación adicional autonómica complementaria a la tarifa plana estatal, revisa si ese beneficio extra se mantiene o se pierde con el cambio de domicilio fiscal.
Cómo se solicita
No necesitas presentar ninguna solicitud aparte: la tarifa plana se aplica automáticamente en el momento del alta en el RETA a través de Importass, siempre que cumplas los requisitos. El propio sistema comprueba si no has estado de alta en el periodo mínimo exigido y aplica la cuota reducida directamente desde el primer recibo. Si por algún motivo no se aplicara correctamente pese a cumplir los requisitos, puedes reclamarlo directamente en Importass o a través de tu gestoría, aportando la documentación que acredite tu derecho.
¿Puedo elegir una base de cotización superior con tarifa plana?
Sí. Aunque la tarifa plana se asocia habitualmente al importe mínimo, puedes optar voluntariamente por cotizar por una base superior si quieres mejorar tu futura pensión o prestaciones, pagando la diferencia proporcional correspondiente. Esto es poco frecuente entre quienes empiezan, pero es una opción legal disponible si tu situación económica lo permite desde el principio de tu actividad.
Tarifa plana y autónomo societario
Si te das de alta como autónomo societario (por ejemplo, como administrador de una sociedad recién constituida), la tarifa plana tiene reglas y cuantías distintas a las del autónomo persona física, generalmente con un importe algo superior al general durante el mismo periodo de bonificación. Consulta el detalle completo en nuestra guía de autónomo societario.
Comprueba tu caso: usa nuestra calculadora de tarifa plana para ver si cumples los requisitos y cuánto pagarías.
Errores comunes con la tarifa plana
- Pensar que dura indefinidamente: es un descuento temporal, no una cuota reducida permanente.
- No solicitar la ampliación de los meses 13-24 pensando que se aplica automáticamente sin necesidad de verificar tus rendimientos.
- Darse de baja y de alta de nuevo sin saber que eso puede hacerte perder el resto del periodo de tarifa plana pendiente.
- No planificar la subida de cuota tras el periodo bonificado, lo que puede generar un susto de tesorería cuando la cuota sube de golpe a la cifra estándar.
Tarifa plana y pluriactividad
Si te das de alta como autónomo mientras sigues trabajando por cuenta ajena (pluriactividad), la tarifa plana también te corresponde, pero con matices: en algunos casos la reducción aplicable es distinta a la de quien se dedica en exclusiva a su actividad como autónomo. Conviene confirmar en el momento del alta si tu situación de pluriactividad afecta al importe exacto de la bonificación que te corresponde, ya que no siempre es idéntica a la tarifa plana estándar.
Cómo planificar la transición al final del periodo bonificado
El salto de cuota al finalizar la tarifa plana puede ser considerable, especialmente si vienes pagando el importe reducido del primer año. Para evitar el susto de tesorería, es recomendable ir apartando mentalmente (o en una cuenta separada) la diferencia entre lo que pagas ahora y lo que pagarás cuando termine el periodo, de forma que cuando llegue el cambio ya lo tengas asumido dentro de tu planificación financiera habitual, en lugar de descubrirlo de golpe en el recibo del mes correspondiente.
Preguntas frecuentes
¿La tarifa plana incluye el MEI?
Sí, el importe aproximado de 88,64 €/mes ya incluye la cuota base de 80 € más el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (0,9%).
¿Puedo tener la tarifa plana más de una vez?
Sí, pero debes esperar 3 años desde la última vez que la disfrutaste, en lugar de los 2 años que se exigen si nunca la habías usado antes.
¿Se puede perder la tarifa plana antes de tiempo?
Sí. Por ejemplo, si dejas de estar de alta como autónomo y vuelves a darte de alta antes de que termine el periodo, puedes perder el derecho a lo que quedaba.
¿La tarifa plana afecta a mi futura pensión?
Al cotizar por la base mínima durante ese periodo, tu base reguladora de cara a prestaciones futuras será menor que si hubieras cotizado por una base superior, aunque esto se compensa con el ahorro inmediato en los primeros meses de actividad.
Conclusión: planifica desde el primer mes
La tarifa plana es una ventaja real para empezar, pero conviene tenerla presente como lo que es: temporal. Planifica desde el primer mes cómo evolucionará tu cuota una vez termine el periodo bonificado, especialmente si tu negocio aún no genera el beneficio suficiente para absorber el salto a la cuota estándar sin afectar a tu tesorería. Usar nuestra calculadora de tarifa plana te ayuda a anticipar ese momento con tiempo suficiente.